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MODIFICACIONES PILA COTIZACIÓN PARCIAL A PENSIÓN Y EXONERACIÓN DE INTERESES MORATORIOS 

Apreciados Clientes: 

El Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 868 del 28 de abril de 2020 que modifica la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (en adelante la “PILA”) para implementar las medidas transitorias que en materia de Seguridad Social adoptó el Gobierno Nacional para aliviar el impacto económico generado por la Emergencia Sanitaria desatada por la pandemia del COVID – 19. 

A continuación, les presentamos los aspectos relevantes que contiene esta normativa: 

A. COTIZACIÓN PARCIAL A PENSIÓN 

En relación con la cotización parcial a pensión para los periodos de abril y mayo de 2020, se dispuso: 

– La tarifa normal sin novedades podrá ser del 16% o 3% a elección del empleador o trabajador independiente. 

– La tarifa para la novedad SLN en X -suspensiones y licencias no remuneradas- podrá ser 3%, 12% o 16%. En caso de no optar por la cotización parcial, recomendamos pagar la tarifa plena del 16% y no sólo el aporte patronal del 12% para garantizar la plena cobertura del Sistema General de Pensiones. 

– Si el empleador quiere efectuar el aporte del 3% solo sobre un grupo de trabajadores, deberá diligenciar una planilla aparte respecto de los trabajadores sobre los que quiere efectuar el aporte completo. 

– La tarifa para la cotización de alto riesgo se mantiene en el 26%. 

– Los afiliados podrán hacer aportes voluntarios al fondo de pensiones obligatorias cuando se opte por la cotización parcial del 3%. 

– Cuando se reporte la tarifa del 3% no se deberá pagar el aporte adicional con destino al Fondo de Solidaridad Pensional a cargo de los cotizantes con ingresos iguales o superiores a 4 y/o 16 s.m.l.m.v. 

– Están excluidos de la cotización parcial los tipos de cotizante “4. Madre Sustituta”, “3. Beneficiario de Fondo de Solidaridad Pensional”, “36. Concejal municipal o distrital con póliza de salud beneficiario del Fondo de Solidaridad Pensional” y “52. Beneficiario del mecanismo de protección al cesante.” 

– La cotización parcial está condicionada al pago oportuno. De lo contrario, deberá pagarse la tarifa plena del 16% 

B. EXONERACIÓN DE INTERESES MORATORIOS 

No se liquidarán intereses de mora al Sistema de Seguridad Social y Parafiscales a partir del 12 de abril de 2020 y hasta el mes siguiente calendario a la terminación de la declaración de la Emergencia Sanitaria por la pandemia desatada por el COVID – 19. 

Cordialmente, 
ESCANDÓN ABOGADOS
Asesores Laborales