Apreciados Clientes:
A partir del 15 de julio de 2024, la jornada máxima legal se reducirá a 46 horas semanales, según lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 2101 de 2021.
La disminución de la jornada laboral no implica la reducción de la remuneración. Por el contrario, este cambio supone un aumento en el valor de la hora ordinaria porque el salario mensual se mantiene, aunque el tiempo laborado sea menor.
Para calcular el valor de la hora ordinaria, en primer lugar, se debe dividir el número de horas de la jornada semanal en los seis (6) días laborales de la semana y el resultado multiplicarlo por los treinta (30) días del mes.
Posteriormente, el valor de la hora ordinaria de trabajo se obtendrá al dividir el salario mensual por el total de las horas a remunerar en el mes. El resultado será la base para liquidar los recargos por trabajo extra, nocturno, dominical y festivo.
Por último, las jornadas especiales y exceptuadas también tendrán como parámetro para su aplicación la reducción de la jornada semanal a 46 horas.
De tener alguna inquietud en su aplicación no duden en comunicarse con nosotros.
Cordialmente,
ESCANDÓN ABOGADOS
Asesores Laborales